lunes, septiembre 18, 2006

La Guaca y los bienes provisionalmente mostrencos.

**
El profesor de Derecho Civil Juan Enrique Medina Pabón, publicó un excelente artículo donde expone con gran claridad el verdadero sentido jurídico y el verdadero tratamiento que merece a la luz del Derecho Colombiano, el hallazgo de la denominada “Guaca”, por parte de varios soldados del Ejército Colombiano.

En un aparte del artículo expresa el profesor Medina: “Respecto de los demás bienes muebles susceptibles de ser apropiados -que por su naturaleza manifieste haber estado en dominio anterior o por sus señales o vestigios indique haber estado en tal dominio- la ley ordena que quien se los encuentre tendrá que entregárselos a su dueño, si sabe o puede saber quién es, pero si no lo conoce, debe ponerlos a disposición de la autoridad competente - se trata de bienes provisoriamente mostrencos- [Art. 704 C. C.]. La autoridad tendrá entonces la tarea de buscar a su dueño y si no lo encuentra habrá lugar a otras medidas jurídicas respecto de ellos.”

Si usted desea conocer el texto completo del artículo referido, por favor escribanos a la dirección de correo electrónico fiscalon@yahoo.com

No hay comentarios.: