lunes, septiembre 11, 2006

Paramilitares deben ratificar su acogimiento a los procedimientos de la Ley 975 de 2005.

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Los miembros del grupo armado organizado al margen de la ley cuyos nombres someta el Gobierno Nacional a consideración de la Fiscalía General de la Nación, deberán ratificar en forma expresa, ante la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación, su acogimiento al procedimiento y beneficios de la Ley 975/05, previamente a la diligencia de versión libre, requiriéndose tal ratificación para que esta pueda ser recibida y se surtan las demás etapas del proceso judicial allí establecido.

Si desea conocer el texto completo del Decreto 2898/06, escribanos a la dirección de correo electrónico fiscalon@yahoo.com

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