viernes, abril 09, 2010

Sentencia C-893 de 2009. Exequible artículo 39 de la Ley 962 de 2005. Nacionalidad por adopción.

Corte Constitucional, Sentencia C-893 de diciembre 2 de 2009. M.P. Mauricio González Cuervo.
Declaró exequible la expresión “... mediante tratados internacionales vigentes”, contenida en el artículo
39 de la Ley 962 de 2005, entendiéndose que puede otorgarse la nacionalidad por adopción a los latinoamericanos y a los del Caribe por nacimiento domiciliados en Colombia con base en otras formas de reciprocidad.

No hay comentarios.: