martes, octubre 17, 2006

Propietario de un predio, puede demandar Pertenencia.

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Así lo definió la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, al determinar que el propietario está legitimado para iniciar acción de pertenencia sobre su propio bien, intentando reafirmar su título de dominio, obteniendo la mejor prueba de su existencia, y alcanzando la limpieza de los posibles vicios que su primitivo titulo ostente, a más de que la acción así entendida, termina con las expectativas y con los derechos que terceros puedieran tener sobre el mismo bien.
Con esta sentencia la Corte reitera el criterio expuesto en reiterados fallos de Revisión anteriores.

Si usted quiere conocer el texto de la sentencia SC 107 de la Corte Suprema de Justicia, por favor escribanos a la dirección de correo electrónico fiscalon@yahoo.com

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