Reciente fallo de la Sala Civil reconoció la posibilidad de que un cónyuge le deje todos sus bienes al otro, siempre y cuando no haya hijos fuera del matrimonio.
La Corporación advirtió que los cónyuges pueden y tienen derecho a pasarles todos sus bienes a su esposo o esposa si así lo desean. Pero esa facultad se limita cuando hay hijos extramatrimoniales que reclamen su parte en la sucesión.
Con ponencia del Magistrado Manuel Isidro Ardila, la tesis de la Corte Suprema de Justicia busca la protección efectiva de los hijos por fuera del matrimonio que, por alguna circunstancia, tratan de ser desconocidos a la hora del reparto de bienes de su padre o madre fallecidos.
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